La solicitud se debe rellenar y enviar de forma electrónica, utilizando exclusivamente esta aplicación, antes del plazo establecido en la convocatoria. No se admitirán las solicitudes enviadas por otros medios. 

El pago de las tasas puede realizarse directamente mediante tarjeta de crédito a través de la aplicación o bien mediante transferencia bancaria. Una vez completa la solicitud debes contactar con la secretaría de la SEC para la emisión de la factura: La persona de contacto es Cristina Plaza: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; 917242370 Ext. 2071. 

Las tasas para la convocatoria de 2020 serán de 700 euros. 

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Informaciones específicas para rellenar en algunos de los campos

  • La Unidad de Electrofisiología debe estar incluida en un Servicio de Cardiología con un programa de formación de residentes de la especialidad de cardiología vía MIR. Se adjuntará documento acreditativo firmado por el Director Gerente del centro y/o Director médico en el que se haga constar este requisito. La aplicación ofrece un documento tipo que puede ser utilizado como modelo. 
  • Debe contar con una sala de radiología que se ajuste a los requisitos contemplados en la legislación vigente, incluyendo la tutela y atención por personal acreditado para su manipulación y supervisión. Se adjuntará Certificado del Servicio de Radioprotección acreditando que la sala de electrofisiología cumple todos los requisitos legales y técnicos para su funcionamiento.
  • Debe poseer al menos un sistema de navegación electroanatómica en la sala de Electrofisiología (ESTE REQUISITO NO ES APLICABLE EN ESTA CONVOCATORIA)
  • Debe contar con al menos tres años de actividad dedicada a la electrofisiología cardiaca intervencionista.
  • Debe contar con dos miembros de plantilla, dedicados a la actividad de electrofisiología cardiaca intervencionista, ambos acreditados previamente.
  • Debe contar, durante los procedimientos, con personal auxiliar dedicado, considerándose un mínimo de dos personas (diplomado en enfermería, auxiliar de clínica, técnicos de radiología, etc.).
  • Al menos uno de los miembros acreditados de la unidad debe haber realizado el Curso de segundo nivel de formación en protección radiológica orientado a la práctica intervencionista. Se adjuntará copia del Título de segundo nivel de formación en protección radiológica orientado a la práctica intervencionista de al menos uno de los electrofisiólogos. 
  • Debe haber realizado durante los tres años previos (2017-2018-2019) a la solicitud un mínimo de 150 ablaciones por año. En circunstancias excepcionales se aceptará que no se llegue al número mínimo uno de los años, siempre y cuando el cómputo final de los tres años sea de 450 procedimientos. Debe considerarse que ante esta circunstancia, no se aceptará la solicitud para acreditación como electrofisiólogo a aquellos becarios o electrofisiólogos en formación que hayan cumplido su periodo formativo durante el año que el centro en cuestión no haya cumplido con el número mínimo anual exigido de ablaciones con catéter.
  • En los procedimientos realizados deben estar representados todos los sustratos con indicación convencional de ablación por un laboratorio de electrofisiología. En concreto, el laboratorio debe haber realizado al menos 150 ablaciones de fibrilación auricular durante los 3 últimos años. (ESTE REQUISITO NO ES APLICABLE EN ESTA CONVOCATORIA).
  • Respecto al resultado de los procedimientos y a las complicaciones de los mismos, sus tasas deben ser equiparables a las de nuestro medio, recogidas en el Registro Nacional de Ablación por Catéter
  • Si el centro posee historia clínica electrónica, los datos del listado se comprobarán utilizando dicho medio. En caso contrario, la Unidad debe disponer de una base de datos actualizada (electrónica o en papel) que permita el acceso a los informes del estudio electrofisiológico, incluyendo los datos de indicación, realización, resultado y eventuales complicaciones del procedimiento. Los datos de esa base deben corresponderse de manera estricta con los contenidos en la historia clínica del paciente, que podrá solicitarse para completar la auditoría.
  • El centro debe participar en el Registro Nacional de Ablación con Catéter de la Asociación del Ritmo Cardiaco y haber enviado los datos durante los 3 años anteriores a esta convocatoria (2017-2018-2019).
  • EL MODELO PARA EL LISTADO de los procedimientos de ablación es el siguiente (se puede obtener un modelo en la propia aplicación):

 

Número de procedimiento Fecha Sustrato Eficacia  Complicaciones
1 2-1-2016 TRN No
2 3-1-2016 VAcc abierta No No
3 9-1-2016 Ablación de FA Pseudoaneurisma femoral
... ... ... ... ...

 

El “NÚMERO DE PROCEDIMIENTO” será consecutivo desde el 1 hasta el número de procedimientos realizados (450 o más). En el campo “EFICACIA” se especificará si la ablación ha sido eficaz, no eficaz, con eficacia parcial o con eficacia no comprobada. En el apartado “COMPLICACIONES” se indicará específicamente “No” en caso de no existir ninguna o se describirá la complicación en caso de haber existido.

 

Número de procedimiento Fecha Estructura ablacionada  Nombre y apellidos o Número de historia clínica
1 2-1-2016 TRN 333111
2 3-1-2016 VAcc abierta 222111
3 9-1-2016 Ablación de FA 111122
... ... ... ...

Para cumplir con la normativa de protección de datos, EL LISTADO ENVIADO NO DEBE TENER NINGUNA REFERENCIA QUE PERMITA IDENTIFICAR AL PACIENTE. Con el fin de proceder a dicha identificación en el momento de la auditoría, el solicitante guardará un listado paralelo en el que se establezca la correspondencia entre este número y los datos del paciente, de forma que el auditor pueda localizar cada procedimiento en el libro de procedimientos de la sala y/o en la historia clínica correspondiente para confirmar la exactitud de los datos enviados. El modelo del listado paralelo es el siguiente:

  • Debe acreditar la realización periódica de sesiones clínicas, docentes, bibliográficas o de investigación relacionadas con la electrofisiología cardíaca, con un mínimo de 20 al año. Para ello deberá disponer de un libro de sesiones en formato electrónico o en papel, en el que conste la fecha, tema y ponente de cada una de ellas. ESTE DOCUMENTO SERÁ REVISADO DURANTE LA AUDITORIA. 
  • Debe llevar a cabo una actividad mínima de investigación clínica, que se considerará aceptable si durante los 3 años previos al menos un miembro acreditado de la Unidad solicitante aparece como coautor en:
    - UN ARTÍCULO sobre temas relacionados con la electrofisiología cardíaca publicados en revista indexada.
    - TRES COMUNICACIONES sobre temas relacionados con la electrofisiología cardíaca en alguno de los siguientes congresos: Nacional (SEC), Europeo (ESC) o Americano (AHA/ACC) de Cardiología, y Nacional (SEA), Europeo (Europace) o Americano (HRS) de Arritmias.

 

NOTA: Tened en cuenta que la actual normativa que entrará en vigor el año 2021 establece la necesidad de DOS ARTÍCULOS y TRES COMUNICACIONES, aunque en la ACTUAL CONVOCATORIA NO SON NECESARIOS.

Una vez superado el trámite de acreditación el centro se considerará acreditado a partir de 1 de enero de 2020, con validez de tres años.

Cualquier cambio en los requisitos de la acreditación durante este periodo de tres años (p.ej. quedar con un solo staff acreditado, interrupción de la actividad, disminución del número de ablaciones a < 150 /año) deberá ser comunicado de inmediato al comité de acreditación.

Por último, los centros que soliciten la acreditación como centros de formación deben conocer que la propia solicitud se entenderá como su consentimiento expreso a aceptar una eventual auditoría de todos los datos aportados.

Para consultar cualquier duda en relación con la cumplimentación de esta solicitud os podéis dirigirá la secretaria de la Asociación: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Tfno: 91 7242370 Extensión 2071.


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